🔍 ¿Tu empresa ha registrado correctamente su Plan de Igualdad?
Un Plan de Igualdad no es solo un compromiso ético ni un simple trámite legal. Es un instrumento estratégico, técnico y normativo que debe cumplir rigurosamente con los requisitos establecidos en el Real Decreto 901/2020 para poder ser inscrito en el registro oficial (REGCON).
📌 En los últimos meses, numerosas pymes han recibido requerimientos de subsanación por parte del Ministerio de Trabajo. Estas son algunas de las causas más habituales:
1️⃣ Comisiones negociadoras mal constituidas:
En empresas sin representación legal de las personas trabajadoras, no basta con negociar de forma unilateral: deben convocarse a los sindicatos más representativos del sector, tal como indica el artículo 5 del RD 901/2020. La falta de legitimación invalida el proceso.
2️⃣ Diagnósticos incompletos o en documentos separados:
El diagnóstico de situación debe estar incluido dentro del plan como documento único, abarcando todas las materias exigidas (clasificación, retribuciones, acoso, promoción, etc.). No sirve presentarlo como anexo.
3️⃣ Errores de forma y fondo:
Como el uso de datos personales no anonimizados, fechas incoherentes entre el plan y la hoja estadística o comisiones de seguimiento mal identificadas.
🚨 Pero uno de los puntos que más recelo e inseguridad genera en la pyme es, sin duda, la auditoría retributiva.
📉 La auditoría —obligatoria en el marco del Plan de Igualdad conforme al Real Decreto 902/2020— implica analizar de forma técnica y sistemática si existe brecha salarial entre mujeres y hombres a igual valor del puesto de trabajo.
💬 Aquí es donde muchas empresas se encuentran con una “asignatura pendiente”:
la valoración de puestos conforme a la metodología objetiva, no sexista y conforme a la herramienta del Ministerio de Igualdad, publicada junto al Instituto de la Mujer y el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
👉 La valoración debe estar alineada con los criterios de adecuación, totalidad y objetividad. No es suficiente con “intuir” que no hay desigualdad: hay que demostrarlo técnica y documentalmente. No toda desigualdad retributiva implica discriminación, pero hay que justificarlo objetivamente.
🧩 Todos estos elementos son esenciales para cumplir con el contenido mínimo del plan y obtener su inscripción. Pero también son, en muchos casos, una barrera técnica para la pequeña y mediana empresa.
💡 ¿La solución? Contar con un consultor/a experto/a en igualdad y retribución. Su intervención:
✔️ Asegura el cumplimiento formal y sustantivo del RD 901/2020 y del RD 902/2020.
✔️ Facilita el diseño del diagnóstico, la valoración de puestos y la auditoría salarial.
✔️ Evita errores que pueden llevar al rechazo o a la obligación de subsanar el plan.
✔️ Aporta visión estratégica de igualdad y sostenibilidad.
🔐 La igualdad no se improvisa. Se diseña con rigor, se negocia con legitimidad y se registra con solvencia.
👥 Si eres una pyme y estás en proceso de elaboración o revisión de tu plan de igualdad, no te la juegues. Rodéate de quienes conocen la norma y su aplicación real.
Porque la igualdad efectiva también empieza por hacer bien las cosas desde el principio.
Desde Human&Partners os asesoramos y acompañamos en el proceso del registro del Plan de Igualdad, así como a la subsanación de los requerimientos.