La gestión proactiva del acoso: Del marco legal a la excelencia operativa
La entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 (conocida como Ley «Solo sí es sí») ha situado la formación en materia de acoso en el centro de las agendas de Recursos Humanos. Sin embargo, más allá de la obligación jurídica, la formación técnica y estructurada es un componente esencial para la sostenibilidad del clima laboral.
1. El reto de la identificación: Taxonomía del acoso
Uno de los mayores desafíos actuales es la evolución de los hábitos sociales y culturales. Conductas que antes se ignoraban hoy se catalogan bajo el concepto de micromachismos o sesgos inconscientes. La formación permite una aclaración terminológica necesaria para abordar:
- Acoso sexual y por razón de sexo.
- Acoso moral (mobbing) y discriminatorio (raza, edad, orientación sexual).
- Acoso por motivos de salud: Una modalidad creciente que requiere especial atención en la gestión de la incapacidad temporal y el retorno al trabajo.
2. La frontera entre el conflicto habitual y el acoso
Es responsabilidad de la empresa dotar a la plantilla de criterios técnicos para diferenciar la tensión laboral inherente a la actividad de las conductas delictivas o sancionables. Una correcta catalogación ahorra costes reputacionales y jurídicos, asegurando que los recursos de la empresa se activen solo ante casos reales de menoscabo de la dignidad.
3. El mando intermedio como gestor de la convivencia
El estilo de dirección es el factor determinante en la prevención. Los mandos intermedios deben ser formados en liderazgo preventivo. Su función no es solo vigilar, sino saber intervenir en las fases iniciales de un conflicto. Un mando que gestiona con asertividad y respeto neutraliza el riesgo de que una mala relación profesional derive en una situación de acoso colectivo o individual.
4. Garantías y Canales de Denuncia
La robustez de un sistema de prevención reside en su canal de denuncias. Este debe estar integrado en la estrategia de comunicación interna, siendo transparente y plenamente accesible. La formación asegura que todos los empleados conozcan el procedimiento, los plazos y las garantías de protección al denunciante, cumpliendo así con el estándar de «debida diligencia».
5. 1. Sanciones Económicas (según gravedad)
Las multas se gradúan en función de la negligencia de la empresa y el número de trabajadores afectados:
- Infracciones Graves: (Ej. No disponer de un protocolo de acoso o no haber formado a la plantilla).
- Grado mínimo: 751 € a 1.500 €
- Grado medio: 1.501 € a 3.750 €
- Grado máximo: 3.751 € a 7.500 €
- Infracciones Muy Graves: (Ej. Permitir situaciones de acoso por no haber activado medidas preventivas o por la inexistencia de canales de denuncia).
- Grado mínimo: 7.501 € a 30.000 €
- Grado medio: 30.001 € a 120.005 €
- Grado máximo: 120.006 € a 225.018 €
5. 2. Sanciones Administrativas y Accesorias
Más allá de la cuantía económica, el impacto para la operativa empresarial puede ser crítico:
- Pérdida de ayudas y bonificaciones: La empresa puede ser excluida del acceso a beneficios, bonificaciones y ayudas públicas durante un periodo de entre 2 y 6 años.
- Prohibición de contratar con el sector público: El incumplimiento de los planes de igualdad o protocolos de acoso inhabilita a la empresa para licitar en concursos públicos.
- Recargo de prestaciones: En casos de baja por motivos de salud derivados de acoso, la Seguridad Social puede imponer un recargo de entre el 30% y el 50% en las prestaciones económicas de la víctima, a cargo exclusivo de la empresa.
5. 3. Responsabilidad Civil y Reputacional
El coste para la marca empleadora es incalculable en el mercado actual. Además, la empresa puede ser condenada al pago de indemnizaciones por daños morales, cuya cuantía se determina en función del daño causado y la omisión de medidas de protección.
Conclusión
La formación en acoso no es una acción aislada, sino una inversión en la arquitectura ética de la empresa. Las organizaciones que forman a sus personas no solo cumplen con la ley, sino que construyen entornos de alto rendimiento basados en la confianza mutua.